Comparto con ustedes este artículo a favor del matrimonio igualitario, firmado por David Fernández Dávalos, sacerdote jesuita y rector de la Universidad Iberoamericana, publicado el 2 de junio en Reforma. Es imperdible, no lo dejen de leer,
A pesar de los importantes avances que a nivel mundial ha habido en materia de reconocimiento de los derechos de la población LGBTI, todavía existen graves violaciones a derechos humanos de ese colectivo. Las noticias sobre lo que está ocurriendo en Chechenia, por ejemplo, con la existencia documentada de «campos de concentración para homosexuales» en donde personas gay, o que se presume lo son, son golpeadas, torturadas y en algunos casos hasta muertas y desaparecidas, son sólo un ejemplo de lo lejos que estamos de lograr condiciones de igualdad y no discriminación.
México no está en la mejor situación. Según un informe realizado en 2015 por la Comisión Ciudadana contra los Crímenes de Odio por Homofobia (CCCOH), en los últimos 19 años se han registrado mil 218 homicidios por homofobia en el país, aunque se estima que por cada caso reportado hay tres o cuatro más que no se denuncian. A partir de esos datos el informe asegura que nuestro país ocupa el segundo lugar a escala mundial en crímenes por homofobia, sólo después de Brasil.
Lo anterior indica que, aunque se ha roto el muro de la invisibilización hacia ese colectivo a partir del reconocimiento del matrimonio igualitario en la Ciudad de México y las resoluciones que la Suprema Corte ha emitido validando el matrimonio de las parejas del mismo sexo en otras partes del país, queda todavía un gran trecho por recorrer para lograr condiciones reales de igualdad hacia las personas con una orientación sexual distinta a la heterosexual.
En este tema del reconocimiento del matrimonio y el concubinato igualitarios, una limitante importante ha sido el que todos los casos resueltos hasta ahora no han significado que los congresos estatales modifiquen las legislaciones civiles y/o familiares para garantizar que las parejas LGBTI accedan a los derechos que se derivan del matrimonio o el concubinato ordinarios. Es decir, que si una pareja del mismo sexo se quiere casar tiene que recurrir al juicio de amparo.
Por ello adquiere trascendencia el fallo que próximamente, después de varias discusiones postergadas, emitirá la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación al amparo directo en revisión 5459/2016, que analizará si fue correcto o no que el Tribunal Constitucional del estado de Yucatán desechara una acción por omisión legislativa presentada por tres organizaciones de la sociedad civil en contra del Congreso de ese estado por no legislar para reconocer el matrimonio y el concubinato a las parejas del mismo sexo.
De proceder el amparo y reconocerse que el principio de no discriminación, contenido en el artículo 1 de la Constitución, sí constituye un mandato expreso que obliga a las autoridades, entre ellas a los congresos, a actuar para eliminar las exclusiones existentes y determinadas por la Corte, como es la de no reconocer el matrimonio igualitario, se estaría ante una resolución de alto impacto para la vida de muchas familias homoparentales de Yucatán que, en la actualidad, se encuentran desprotegidas frente a la negligencia del Congreso local para legislar sobre el tema y que se enfrentan a múltiples situaciones de maltrato, exclusión o incertidumbre jurídica, condiciones que pocas veces son tomadas en consideración en las discusiones legales.
En consecuencia, la Primera Sala de la Suprema Corte tiene la oportunidad de dar un salto cualitativo y transitar hacia una justicia que comience a reconocer que las omisiones de los Congresos en el reconocimiento de derechos básicos deben ser remediadas, pues esa es la lógica de la separación de poderes y el sentido de la reforma constitucional en materia de derechos humanos. De no entenderlo así, la Primera Sala estaría condenando a las parejas del mismo sexo a tener que presentar amparos, procesos que son costosos y no siempre accesibles, para poder casarse, dejando sin sanción a un Congreso que por mandato constitucional ya debió de haber legislado a favor de la igualdad.
El autor es presbítero y rector de la Universidad Iberoamericana.
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